Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Rodriguez Gladys Graciela·Demandado Florez Julio Cesar Y Otro

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre Juzgado Promiscuo Municipal de Junín (Cundinamarca) y la Inspección de Policía de la misma localidad.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la querella que presentó una ciudadana en contra de dos particulares y ante el precitado despacho judicial, buscando la restitución de un inmueble de su propiedad, frente al cual se presentó un incumplimiento contractual por la falta de pago de 10 meses de arrendamiento.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un presupuesto entre jurisdicciones, la Corte consideró que carece de competencia para resolver el presente asunto, toda vez que uno de los extremos de la controversia está integrado por una autoridad de carácter administrativo, como lo es la inspección de Policía mencionada.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Junín, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3198 al Juzgado Promiscuo Municipal de Junín, Cundinamarca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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